jueves, 27 de octubre de 2011

INFRAESTRUCTURA EN EL ESTADO DE PUEBLA

EDUCACIÓN
 
En el año 2007 el estado contaba con 12,762 escuelas de las cuales 7,394 corresponden a nivel federal, 3,235 estatales, 12 autónomas y 2,121 son particulares.
Asimismo existen 49 Instituciones de nivel superior entre las que destacan la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (B.U.A.P.), El Benemerito Instituto Normal del Estado (BINE), La Universidad de las Américas (U.D.L.A.), el Instituto Tecnológico del Estado, la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, la Universidad Pedagógica Nacional y la Universidad Iberoamericana.
Los 217 Municipios tienen por lo menos nivel preescolar, la primaria y secundaria.
Además existen 615 escuelas en el nivel primaria bilingüe y bicultural, se cuenta con educación para adultos en el nivel primaria y secundaria.
Por último, existen en el Estado 68 Centros de Educación Especial.

SALUD

En el Estado, al 31 de diciembre de 2007 existen 1,101 unidades médicas de las cuales 1,060 son de consulta externa y 41 de hospitalización. Se tiene una población derechohabiente de 1,923,274 y una población usuaria de 5,688 938.
Con respecto a la seguridad social, ésta es impartida por el IMSS, ISSSTE, ISSSTEP y PEMEX, con 148 unidades médicas de las cuales 134 son de consulta externa y 15 de hospitalización.
Por lo que corresponde a la asistencia social, ésta es atendida por el hospital del Niño Poblano (H.N.P.) IMSS-Solidaridad, S.S.A., INI, H.U.-BUAP, DIF y Cruz Roja. Estas Instituciones tienen 926 unidades médicas de consulta externa y 27 de hospitalización.

Los Recursos Humanos ascienden a 7,676 médicos correspondientes al total de unidades médicas existentes en el Estado.
Además existen en el Estado 2,390 casas de salud dependientes de la S.S.A, las cuales se encuentran distribuidas en la mayoría de los Municipios.

ABASTO

El Estado cuenta con 19 Centros receptores de productos básicos, 2 Centrales de Abasto, 6 Rastros Mecanizados, 121 Mercados Públicos, 202 Tianguis y 1,071 tiendas CONASUPO. Además existen 3,739 establecimientos de comercio al por mayor y 60,131 establecimientos de comercio al por menor.
Además existen 102 bodegas oficiales con una capacidad de almacenamiento de 266,980 toneladas.

DEPORTES

Para la recreación y el deporte, cuenta con parques urbanos, paseos, jardines, plazas y áreas verdes que se suman a las áreas deportivas. Existen unidades y canchas de fútbol, basquetbol, béisbol y voleibol, etc. Las unidades deportivas son: José López Portillo, Miguel Hidalgo, del Instituto Mexicano del Seguro Social ( IMSS), del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), de Ciudad Universitaria y de la Escuela Nacional de Educación Física (ENEF).
Existen centros deportivos públicos: el Centro Cultural y Deportivo Margarita Maza de Juárez, Centro Deportivo de la Juventud Revolucionaria y Polideportivo Xonaca. Otras instalaciones deportivas que sirven de apoyo al público son los clubes deportivos privados Alpha 1, 2 y 3, club deportivo parque España, club de golf las fuentes, Centro Mexicano Libanés, 2 clubes Britania y Albatros. Todos ellos en la capital del Estado, además existe gran cantidad de parques y canchas deportivas en la mayoría de los municipios.
Los centros destinados al deporte son: Estadio Cuauhtémoc, Estadio Hermanos Serdán, Estadio Ignacio Zaragoza, Lienzo Charro, Arena Puebla y gimnasio Miguel Hidalgo y Costilla.

VIVIENDA

Para el año de 1995 según el INEGI existía un total de 921,253 viviendas particulares habitadas, con un promedio de 5.00 ocupantes por vivienda. Los organismos del sector público encargados de la construcción de viviendas son: el Instituto Poblano de la Vivienda Popular, Instituto de Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT), Fondo para la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (FOVISSSTE).
Del total de viviendas ocupadas el 44.7% tiene como material predominante en pisos el cemento o firme; seguido por los pisos de tierra con el 28.7 % y en tercer lugar con el 25.9 % los pisos de madera , mosaico u otros recubrimientos.
Por lo que respecta al material predominante en paredes el 66% son de tabique, ladrillo block, piedra o cemento; seguido por las paredes de adobe que ocupan el 15.44 % del total de viviendas.
Con respecto al material predominante en techos el 48.5% del total de las viviendas tienen loza de concreto, tabique o ladrillo. Seguido por la lámina de asbesto o metálica que son ocupadas en el 15.8% de las viviendas en tercer término el 15.7 % de las viviendas tiene como material predominante a la teja.
Con lo que respecta al agua entubada el 70% de las viviendas disponen de agua ya sea dentro de la vivienda, fuera de esta pero dentro del terreno o de llave pública o hidrante.
El 84.4% del total de las viviendas disponen de energía electrica y las viviendas que disponen de drenaje ya sea conectado al de la calle, a una poza séptica o un desagüe al suelo a un río lago son el 50.5% del total de viviendas particulares.
De acuerdo a los resultados que presento el II Conteo de Población y Vivienda en el 2005, en el estado cuentan con  un total de 1,179,283 viviendas de las cuales 1,008,155 son particulares.

SERVICIOS PÚBLICOS

En el Estado de Puebla la cobertura de los servicios públicos más importantes es la siguiente:
En cuanto agua potable 205 de los 217 ayuntamientos tienen cuando menos una fuente de abastecimiento de agua potable ya sea pozo profundo, manantial u otras. Además existen 1,250 sistemas de distribución de agua potable, proporcionando el servicio a 632,250 tomas domiciliarias y teniendo hasta 1995, 1,242 localidades con el servicio.
Actualmente el Estado de Puebla tiene 442 sistemas de drenaje y alcantarillado mismos que cubren el servicio en 430 localidades del Estado.
En unidades de recreación y esparcimiento el Estado de Puebla cuenta con 76 jardines vecinales, 149 centros deportivos, 32 parques infantiles, 52 cines, 11 teatros, etc.
El Estado tiene una superficie de 116.0 hectáreas de los tiraderos de basura a cielo abierto, 81.0 hectáreas de superficie de los rellenos sanitarios, como un volumen de recolección de basura de 1086.7 toneladas y se cuenta con 259 vehículos recolectores.
En cuanto a seguridad y orden público 27 de los ayuntamientos tienen este servicio, contando con 36 agencias del Ministerio Público del fuero común, 59 agentes del Ministerio Público del fuero común, 9 agencias del Ministerio Público del fuero federal y 9 agentes del Ministerio Público federal.

MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Se cuenta con 62 oficinas que brindan el servicio telegráfico con un total de 57,558 telegramas transmitidos.
Sólo 52 municipios de los 217 cuentan con servicio de telégrafo. En cuanto a telefonía existen en el Estado 102 centrales automáticas, 3 centrales de larga distancia, 271,457 líneas en servicio y se brinda atención a 1,573 localidades.
Por lo que se refiere a estaciones de radio difusoras, existen en el Estado un total de 36 correspondiendo 21 a la amplitud modulada y 15 a la frecuencia modulada.
El Estado cuenta con un total de 11 estaciones televisoras de las cuales 2 son locales y 9 repetidoras. El Estado cuenta con 24,347 suscriptores del servicio de televición por cable. En 14 municipios se brinda éste servicio.
En correo se tienen 1,160 oficinas postales, de éstas 63 son administraciones, 6 son sucursales, 425 son agencias, 413 se encuentran ubicadas en comercios particulares y 251 en instituciones públicas.
En telefonía celular se cuenta con dos centrales con una total de 20,462 suscriptores.

VÍAS DE COMUNICACIÓN

La red carretera cuenta con 8,527.9 Km. de longitud. De éste total el 5.0 % corresponde a terracería, 52.6 % corresponde a caminos revestidos y 42.4 % a pavimentados. La red carretera federal y estatal de cuota es de 284.3 Kms. de los cuales 251.7 Kms. son federales y 26 Kms. Estatales y 7.6 Kms. particulares.
Respecto a la red ferroviaria, se cuenta con 772.10 Km.de longitud. En transporte aéreo, el Estado cuenta con dos aereopuertos y 17 aereopistas en el interior de la entidad.
Existen 10 terminales definitivas del servicio público de pasajeros entre los que destacan la central de autobuses de pasajeros (CAPU) y terminales en los municipios como: Matamoros, Atlixco, Teziutlan, Tehuacan así como 15 terminales provisionales.

viernes, 21 de octubre de 2011

TFJFA emite primera sentencia mediante Juicio en línea




El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) emitió la primera sentencia de un proceso legal mediante el Juicio en Línea Vía Internet. El desahogo duró 31 días hábiles y las partes del juicio fueron notificadas de inmediato sobre el fallo final.


El caso trató de una empresa prestadora de servicios, contra la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), que la sancionó por casi 110 mil pesos, por violaciones a la Ley de Protección al Consumidor.

LA EXPROPIACIÓN POR CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA



Es el medio por el cual el estado impone a un particular la cesión de su propiedad por existir una causa de utilidad pública, mediante la compensación económica que al particular se le otorga por la privación de su propiedad. El artículo 27 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece los tipos de modalidades que el estado puede imponer a la propiedad privada por razón del interés público.

La expropiación como el impuesto constituye un acto de soberanía cuya ejecución no se requiere el consentimiento del afectado. Existen entre la primera y la segunda, diferencias substanciales, el impuesto del particular es una obligación que tiene el ciudadano de contribuir a los gastos públicos conforme a sus ingresos; mientras que en la expropiación  existe una compensación económica dada a cambio de la propiedad que se le priva al particular.

CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO




La concesión administrativa es el acto por el cual se le concede a un particular el manejo y explotación de un servicio público o la explotación y aprovechamiento de bienes del dominio del estado.

El servicio público considerado como parte de la actividad estatal, se ha caracterizado como una actividad, creada con el fin de dar satisfacción a una necesidad de interés general que de otro modo quedaría insatisfecha, mal satisfecha o insuficientemente satisfecha, y aunque la idea del interés público se encuentra en todas las actividades estatales y la satisfacción de los intereses generales, no es monopolio del estado, es lo que distingue al servicio público de satisfacer el interés general que constituye el fin específico de su creación.

DEFINICIÓN DE LA CONCESIÓN DEL SERVICIO PUBLICO.- Es una actividad organizada que se realiza conforme a las disposiciones legales o reglamentarias vigentes con el fin de satisfacer en forma continua, uniforme e irregular necesidades de carácter colectivo como por ejemplo:

En el articulo 3º. Constitucional se habla de la educación como servicio píblico.

La doctrina jurídica clasifica a los servicios públicos de la concesión en los siguientes:

La forma de cómo satisface las necesidades generales.

· Servicios públicos nacionales.- estos están destinados a satisfacer necesidades de toda la nación, sin que los particulares obtengan individualmente una prestación de ellos, ejemplo: el servicio de la defensa nacional.

· Servicios públicos que son los de manera indirecta que procura a los particulares ventajas personales como por ejemplo los servicios generales de comunicación, servicios sanitarios, los servicios de faros, etc.

· Servicios que tienen por finalidad satisfacer directamente a los particulares por medio de prestaciones individuales como por ejemplo: los servicios de enseñanza, correos, telégrafos, radio comunicación, transporte y también los servicios públicos sociales como son la asistencia pública, los de previsión, los seguros sociales, los de vivienda.

Por la forma de gestión de los mismos

De la gestión de los servicios públicos se separan de aquellos que son manejados directamente y en algunos casos como monopolios por el estado o por organismos creados por el mismo estado que explotan por medio de la concesión otorgadas a individuos o a empresas particulares.

ACTO ADMINISTRATIVO


Para comenzar el análisis de los procedimientos existentes en materia de obra pública, es preciso señalar que éstos de tratan de actos de carácter administrativo. Siendo importante, realizar la siguiente anotación.

El acto administrativo, es una declaración de voluntad de deseo, de juicio, de conocimiento, unilateral, externa, concreta y ejecutiva, que constituye una decisión ejecutoria que emana de un sujeto. “La Administración Publica, en el ejercicio de una potestad administrativa que crea, reconoce, modifica, transmite o extingue una situación jurídica y su finalidad es la satisfacción del interés general."
 
LOS DIFERENTES ACTOS ADMINISTRATIVOS
 
Las clasificaciones de los actos administrativos principales son:
 
  • Actos de Autoridad: Esta clase de actos llamados también actos del poder publico o de actuación soberana, el Estado procede autoritariamente por medio de sus mandatos que son expresión de su voluntad y se fundan en razones de orden publico.
  •  Actos de gestión: El Estado no siempre manda, ni es necesario que haga valer su autoridad porque a veces se equipara a los particulares para hacer mas frecuentes, efectivas y seguras las relaciones con ellos. En estos casos se coloca en el mismo plano desprendiéndose de sus privilegios y prerrogativas de soberano y su voluntad surte efectos en el concurso de la voluntad contraria.
 
II .- Para su finalidad los actos administrativos se clasifican en:
 
  • Actos instrumentales.- son los medios para realizar las actividades administrativas y comprenden actos preliminares de tramite o preparación o en general de procedimiento. Los actos de tramite, están formados por una serie de actos que no tienen el carácter de resolutivos ya que simplemente se concretan a preparar una resolución administrativa o un propósito administrativo sin afectar ningún derecho.
  •  Actos administrativos (actos principales).- Los actos básicos o definitivos de la administración implican propiamente el espacio de la función administrativa tales como una concesión de servicio publico, una declaración de expropiación por causa de utilidad publica, una orden de requisición, un contrato de obra publica o de suministro y otros semejantes.
  •  Actos de ejercicio o de ejecución.- tienen por objeto dar cumplimiento a las determinaciones del acto principal. En materia fiscal el Código Fiscal de la Federación tiene un capitulo denominado “Procedimiento Administrativo de Ejecución”.

miércoles, 19 de octubre de 2011

JURISPRUDENCIA

Les anexo una Jurisprudencia interesante, relativo a las fianzas y a la rescisión administrativa de los contratos.


Registro No. 176708

Localización:
Novena Época
Instancia: Segunda Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXII, Noviembre de 2005
Página: 49
Tesis: 2a./J. 136/2005
Jurisprudencia
Materia(s): Administrativa


FIANZAS OTORGADAS EN CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA. SON EXIGIBLES AUN CUANDO EN EL MEDIO IMPUGNATIVO CORRESPONDIENTE NO SE HAYA RECONOCIDO, POR RESOLUCIÓN FIRME, LA VALIDEZ DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO DEL OBLIGADO PRINCIPAL, SALVO CUANDO EL DEUDOR PRINCIPAL OBTENGA LA SUSPENSIÓN O CUANDO EN LA PÓLIZA SE PACTE LO CONTRARIO Y LA LEY PERMITA CONVENIR SOBRE ESE ASPECTO.

La exigibilidad de la obligación principal a que se refieren los artículos 93 y 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, como presupuesto para reclamar el pago de las fianzas, surge a partir de que se notifica la rescisión decretada por incumplimiento del contratista, conforme a los artículos 72, fracción II, de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas (derogada por el artículo segundo transitorio de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en lo relativo a la materia de obra pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 2000) y 62, fracción II, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, con la diferencia de que en términos de esta Ley, la fianza es exigible después de la notificación de la rescisión, previo pago del finiquito correspondiente; tal exigibilidad no desaparece aun cuando el beneficiario de la fianza haya reclamado el pago de la cantidad garantizada por la institución afianzadora y la obligación principal se encuentre sub júdice, debido a que el fiado -obligado principal- haya hecho valer algún medio de defensa en contra de la rescisión y la autoridad judicial o administrativa aún no emita resolución firme que reconozca la validez del acto administrativo, salvo en aquellos casos en que, expresamente, en la póliza de fianza se haya pactado que la exigibilidad de la fianza estará supeditada a que en los medios de defensa atinentes se emita decisión firme sobre la obligación principal y, además, la ley permita convenir sobre ese aspecto. Lo anterior es así, porque conforme a los artículos 8o. y 9o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, al ser un acto administrativo, la rescisión debidamente notificada es eficaz y exigible mientras no se declare su invalidez por autoridad administrativa o jurisdiccional, según sea el caso; sin embargo, debe tomarse en cuenta que cuando el acto rescisorio sea combatido y el impugnante obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente, dicha medida evitará también, por regla general, que la obligación accesoria sea cumplida por el fiador. Además, en caso de ejecutarse el cobro de la fianza, si la rescisión llega a invalidarse por determinación firme, la institución afianzadora que haya efectuado alguna erogación con cargo a la póliza de fianza no quedará en estado de indefensión, pues como la determinación de nulidad produce efectos retroactivos, en términos del artículo 6o. del último ordenamiento citado, aquélla tendrá derecho a que la cantidad pagada a la entidad beneficiaria le sea devuelta.


Contradicción de tesis 17/2005-PL. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Cuarto en Materia Civil del Tercer Circuito, Primero, Segundo y Séptimo, todos en Materia Administrativa del Primer Circuito y Sexto, Noveno, Décimo Primero y Décimo Cuarto en Materia Administrativa y Cuarto en Materia Civil, todos del Primer Circuito. 7 de septiembre de 2005. Cinco votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Rómulo Amadeo Figueroa Salmorán.

Tesis de jurisprudencia 136/2005. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del treinta y uno de octubre de dos mil cinco.



Ejecutoria:


1.- Registro No.
19288
Asunto: CONTRADICCIÓN DE TESIS 17/2005-PL.
Promovente: ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS CUARTO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO, PRIMERO, SEGUNDO Y SÉPTIMO, TODOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO Y SEXTO, NOVENO, DÉCIMO PRIMERO Y DÉCIMO CUARTO EN MATERIA ADMINISTRATIVA Y CUARTO EN MATERIA CIVIL, TODOS DEL PRIMER CIRCUITO.
Localización: 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXIII, Enero de 2006; Pág. 1368
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martes, 18 de octubre de 2011

Muere Dennis Ritchie, personaje de la Informática



Por ahora me desviaré un poco del tema de obra pública y pasaré a proporcionar tan importante información, sobre todo porque la informática es la herramienta que nos permite crear estos maravillosos blogs.
En menos de una semana, el mundo de la informática ha perdido a dos de sus más grandes innovadores. Hace una semana fue el CEO de Apple, Steve Jobs. Y hace apenas pocos días partió un personaje menos famoso pero no menos importante, Dennis MacAlistair Ritchie. Quizá el nombre no le diga mucho, pero este científico computacional estadounidense creó el lenguaje de programación C, y fue uno de los desarrolladores del sistema operativo Unix.

Era ingeniero en física y matemáticas por la Universidad de Harvard, y sus aportaciones son fundamentales para la informática moderna. El lenguaje de programación C (creado por él en 1972) es uno de los más empleados en la actualidad y es la base de otros lenguajes como Java. En 1969, Ritchie y Ken Thompson desarrollaron el sistema operativo Unix. De este se han derivado otros como Solaris, Linux o Mac OS X.

El responsable de difundir la noticia fue Robert Pike, uno de los miembros del equipo del Computing Science Research Group en los Laboratorios Bell que desarrolló el sistema operativo Unix, quien anunció en su cuenta de Google+ la trágica noticia: "confío en que haya gente que aprecie el alcance de sus contribuciones y llore su muerte apropiadamente. El mundo ha perdido una mente verdaderamente grande", remarcó Pike.

Dennis Ritchie nació el 9 de septiembre de 1941 cerca de Manhattan en Nueva York. En 1963 se graduó con honores en física en Harvard, a lo que le siguió en el 68 un doctorado de investigación en matemáticas. En 1983 el Premio Turing, que equivale al Premio Nobel en el campo de la informática. En el 2007 se jubiló, siendo el jefe del departamento de Investigación en software de sistemas de Alcatel-Lucent.

ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA


Si queires conocer la estructura orgánica de la Secretaría de Infraestructura del Gobierno del Estado de Puebla, visita la página http://transparencia.puebla.gob.mx/phocadownload/seduop/fraccion-i/estructura-organica/secretara%20de%20infraestructura_v_030511.pdf, donde observaras cada una de las unidades con las que se compone la Secretaría.

No dejes de visitarlo!!

CENTRO INTEGRAL DE SERVICIOS Y ATENCIÓN CIUDADANA





En la zona de Angelópolis arrancó la construcción del Centro Integral de Servicios y Atención Ciudadana que será edificada en una superficie de 12 hectáreas de la reserva Atlixcáyotl y que contará con una amplia zona verde, un lago y tres edificios de seis y siete pisos para albergar las oficinas de servicios públicos de los tres niveles de gobierno.

Con el CIS se quiere reunir las dependencias que ofrecen servicios de ventanilla al público, por lo que de manera eficiente, electrónica y segura se busca que desde este centro se puedan expedir los servicios para la gente de manera pronta y expedita.

Ante más de dos mil personas, el gobernador de Puebla, Rafael MorenoValle, presentó el proyecto que será edificado en dos etapas a un costo total de dos mil millones de pesos que será financiando por el esquema de PPS (proyectos para Prestación de Servicios) por parte de la iniciativa privada.

La creación del CIS será una de las obras emblemáticas de más trascendencia de este Gobierno, por lo que ayer comenzó la primera etapa en la que se invertirán 2,000 millones de pesos del Gobierno del Estado, que con la derrama permitirá generar 992 empleos directos.

El proyecto que fue promesa de los 100 días se cumple, por lo que al colocar la primera piedra, se dio a conocer que será en esta primera etapa la empresa:”Acciona” la encargada de realizar los trabajos, en tanto se espera la gran inversión que se derive de la licitación pública.

En esta primera etapa se edificará una plaza cívica, un estacionamiento de tres niveles y hará los preparativos en infraestructura para el edificio norte y para el lago.

En esta obra habrá beneficio para cerca de millón y medio de habitantes y el objetivo es tener la primera etapa de esta edificación es tenerla concluida en mayo de 2012.

INVERSIÓN CERCANA A 63 MDP BENEFICIARÁ A 84 MIL HABITANTES


Con una inversión de casi 63 millones de pesos, el Gobernador Rafael Moreno Valle puso en marcha la reconstrucción de la carretera Zacatlán-La Cumbre tramo Zapotitlán-La Cumbre para detonar el desarrollo en la Sierra Nororiental del estado.
La carretera de una longitud de 23 kilómetros beneficiará a más de 84 mil habitantes de los municipios de Xochitlán de Vicente Suárez, Nauzontla, Huitzilan de Serdán, Zapotitlán de Méndez y Zacapoaxtla.
El Mandatario estatal dijo que regresa a este municipio para hacer realidad proyectos que parecían inalcanzables.

Moreno Valle apuntó que la vía de comunicación estará concluida antes del 5 de mayo del 2012 para que forme parte de la conmemoración del 150 aniversario de la Batalla de Puebla.
Anunció que ante la importancia regional de esta carretera, a finales de este año o inicio del próximo, se pondrá en marcha otra etapa de obras para que llegue hasta Zacatlán.

El Titular del Ejecutivo informó que su gobierno apoyará el proyecto presentado por el alcalde para construir un puente que conectará con la carretera principal.
“Sin duda, la transformación de Puebla tiene que pasar por la transformación de los municipios”, subrayó Moreno Valle.

Reiteró su disposición para emprender conjuntamente con alcaldes de municipios de la Sierra Norte, programas y obras de alto impacto social.

Moreno Valle expresó que su administración tiene como prioridad el desarrollo y progreso de los 217 municipios del estado.

Asimismo aseveró: “Lo que dijimos en la campaña hoy son acciones de gobierno”.
Finalmente, refrendó su compromiso de trabajar no por el tamaño de los municipios sino por sus necesidades para que las familias vivan mejor.

lunes, 17 de octubre de 2011

Inicia en 2012 obra para traer agua de Atlixco, indica el gobierno estatal



El gobierno del estado informó que el próximo año va a iniciar el Proyecto Hidroecológico financiado con recursos federales que plantea traer agua desde la comunidad de Metepec, en Atlixco, a la ciudad de Puebla.

A través de un comunicado difundido este sábado, se indicó que es prioritario para la actual administración estatal garantizar el abasto de agua potable para la capital del estado en los próximos treinta años.

El proyecto contempla extraer el agua de mantos acuíferos de la región del Volcán Popocatépetl, y a decir del gobierno de Puebla, sin afectar el suministro e infraestructura de las comunidades.

Después de que se dio a conocer
la intención de la administración local, usuarios del río Cantarranas en Atlixco mostraron su desacuerdo, al asegurar que dejará sin agua a los campesinos para regar los campos del municipio.

Para 2012 el estado de Puebla incluyó alrededor de 25 proyectos hidráulicos en la carpeta de obras que presentó a la Cámara de Diputados, con un monto estimado de inversión de mil 400 millones de pesos.

De estos, 14 son considerados como prioritarios, entre ellos la construcción de una presa en el río Cantarranas, que proviene del volcán Popocatépetl, a través de la cual se prevé el abastecimiento de agua a la ciudad de Puebla durante los próximos 30 años.

Ya a principios del mes de septiembre, habitantes de la junta auxiliar de San Baltasar Atlimeyaya se manifestaron en contra de que el río Cantarranas fuera entubado para abastecer de agua a la ciudad de Atlixco y al área habitacional que construye Casas Geo, con más de dos mil 500 viviendas.

En el comunicado se argumenta que "este ambicioso proyecto detonará el desarrollo turístico de la región de Atlixco, cuyas riqueza naturales, histórica, gastronómica, artesanía y cultural, representan un enorme potencial".

"También debe considerarse como trascendente, el hecho de que con una importante infraestructura de servicios básicos, la capital del estado será polo de atracción de mayores inversiones que generan fuentes de trabajo y bienestar para los poblanos".

CADUCIDAD DE LAS FIANZAS



¿A PARTIR DE QUE FECHA, LA OBLIGACIÓN DE LA AFIANZADORA QUEDARÁ EXTINGUIDA POR CADUCIDAD?


Como ya es sabido, para la firma de un contrato, es decir, para que el gobierno otorgue a la empresa ganadora el dinero suficiente para el inicio de la obra, es necesario que la empresa previamente otorgue fianzas, como ya se especificó en el artículo anterior; pero es importante conocer cuál es la caducidad de las mismas.



El artículo 120 de la LFIF establece tres supuestos:

a).- Al transcurrir el plazo previsto en la póliza, para la presentación del reclamo.

b).- Si no hubiere plazo, una vez transcurridos los ciento ochenta días, posteriores a la expiración de la vigencia de la fianza.

c) Si la póliza es de vigencia indeterminada, una vez transcurridos los ciento ochenta días naturales siguientes a partir de la fecha en que la obligación garantizada se vuelva exigible, por incumplimiento del fiado.


En Octubre de 2005 la Primera Sala de la SCJN, estableció el siguiente criterio:

CRITERIOS DE LA CADUCIDAD

1) La Caducidad solo opera para el procedimiento de reclamación previsto en el artículo 93 de la LFIF, el cual se ejerce por (i) los particulares; (ii) la administración pública paraestatal; (iii) la Federación, los Estados y Municipios, cuando éstos opten por seguir dicho procedimiento.

2) No opera la caducidad, pero si la prescripción (3 años), cuando se ejercitan los procedimientos previstos en los artículos 95, 130 de la LFIF y 143 del Código Fiscal de la Federación, por tener los beneficiarios una vía privilegiada.



LAS FIANZAS


LAS FIANZAS ¿QUÉ SON Y PARA QUÉ SIRVEN?


Básicamente, la fianza se trata de un contrato accesorio que garantiza el cumplimiento de un contrato principal. Esta obligación puede ser de dar o hacer. En caso de que el deudor principal no cumpla con su obligación ante el acreedor, la afianzadora lo hará en su lugar.
Entre los tipos de fianzas que más solicitan los acreedores a sus deudores están las de tipo administrativo y judicial. Aquí algunos ejemplos prácticos de estas fianzas:
Cumplimiento de obra: se encuentra estipulado en la ley de obras públicas federal y estatal, que cualquier contrato otorgado a un constructor será espaldado por una fianza que garantizará la ejecución en tiempo y forma del objeto principal, que puede ser desde un bacheo de cien metros, hasta la construcción de un complejo paso a desnivel o una carretera, por mencionar un ejemplo.
Anticipo: al igual que en la fianza de cumplimiento, está contemplada la entrega obligatoria ante la Secretaría de Obras Públicas, o cualquier otra instancia de carácter gubernamental, tal como CCAPAMA, IVEA, INAGUA, e incluso en la iniciativa privada, que servirá para garantizar que el fiado invierta el anticipo que se le otorga en su totalidad en los trabajos encomendados y haga buen uso de los recursos.
Buena calidad: garantiza los posibles defectos que pudieran surgir en la construcción, derivados de la responsabilidad directa del contratista.
Proveeduría: garantiza la entrega en tiempo y forma de los bienes adquiridos por una empresa o institución. Podría ser, por ejemplo, que el INEGI celebre con un particular un contrato para la adquisición de nuevo equipo de cómputo y pida a éste una fianza que respalde plenamente la entrega de los mismos.
Arrendamiento: en caso de que una persona que rente una propiedad se fuera sin liquidar las rentas o simplemente se atrasara en los pagos, la afianzadora responderá por él.
Fidelidad: cubre el daño patrimonial ocasionado a una empresa por algún empleado desleal, por robo, abuso de confianza, peculado o fraude, este tipo de fianza es parecida a un seguro, ya que a diferencia de las demás, ésta es contratada por el propio beneficiario, y en determinado momento él mismo podrá hacerla efectiva.
Judiciales: son las que más identifica la gente, relacionándolas con la típica frase “salió libre bajo fianza”. Sirven para garantizar el cumplimiento de la multa o pena a que se haga acreedor el inculpado, pudiendo éste enfrentar el juicio en libertad. Si se negara a cumplir las obligaciones que la ley le marca, por ejemplo huyendo, la fianza se hará efectiva a favor de la autoridad, quien a su vez usará el monto reclamado para subsanar a los afectados.

En materia de obra pública, las más comunes son la fianza que garantiza la debida amortización de la obra, la de cumplimiento y la de vicios ocultos, ésta última cubre los trabajos durante un año por concepto de vicios ocultos o defectos, contado a partir de la entrega-recepción de la obra.

sábado, 15 de octubre de 2011

"Viaducto Zaragoza no afecta monumentos de Puebla": INAH

"Viaducto Zaragoza no afecta monumentos de Puebla": INAH


El gobernador poblano dice que “Nada ni nadie detendrá el progreso del Estado”. Suponiendo que por progreso consideremos el salirnos con la nuestra aunque sea de la manera más irresponsable posible.

Obras en el Viaducto Zaragoza


En días anteriores, el gobierno de Moreno Valle recibió la autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia para realizar la obra del Viaducto Zaragoza en virtud de que “La ejecución del proyecto no afectará la Zona de Monumentos Históricos de la Ciudad de Puebla ni sus elementos culturales, en virtud de que fueron realizadas las modificaciones solicitadas por el INAH” afirma el comunicado.


Si bien el comunicado del INAH recalca en el compromiso de esta institución para con los poblanos y el Patrimonio de la Humanidad, es evidente su falta de coherencia en asuntos básicos como tiempos de análisis y legalidad.


¿Cómo es que el INAH (o cualquier institución) puede hacer un proyecto, hacer lo estudios necesarios, hacer modificaciones al plan original, someterlo a revisión y obtener autorización de todo eso en un lapso de tres semanas?


El texto dice textualmente:


“Una vez revisada detalladamente la documentación de los proyectos en cuestión presentada por la Secretaría de Infraestructura del Gobierno del Estado de Puebla, realizadas las visitas de campo correspondientes, concretada la investigación histórica documental relacionada con los sitios de ambos proyectos, hechas las consultas con el personal técnico y con especialistas de la institución y otros cuerpos académicos, y llevado a cabo los análisis relativos a los posibles impactos de ambos proyectos, se integró el dictamen técnico a partir del cual se determina que los proyectos de ambos tramos del viaducto —que se ubican en los límites de la Zona de Monumentos Históricos de la Ciudad de Puebla— son viables, en virtud de que cumplieron con las adecuaciones y cambios exigidos por el INAH para no afectar negativamente a los monumentos históricos ni a elementos culturales.”


Es sospechoso que persona u organización que se dice seria, apruebe un proyecto cuyos objetivos nunca han quedado definidos y sustentados. Para un proyecto como se tiene planeado –un paso subterráneo- debieron al menos haber hacer estudios de suelo. Si el Gobierno de Moreno Valle no considera las opiniones de los académicos sobre este tema, la mera experiencia en el puente del SAT y el sentido común deberían jugar un papel clave en esta decisión.


El gobernador poblano dice que “Nada ni nadie detendrá el progreso del Estado”. Suponiendo que por progreso consideremos el salirnos con la nuestra aunque sea de la manera más irresponsable posible: comenzando a construir sin permisos, sin proyecto ejecutivo y con el único objeto de tener algo que inaugurar en 2012 al lado de Felipe Calderón.


La licencia, como dice la siguiente cita, fue expedida el 25 de Agosto. La construcción comenzó antes de Julio.


“Con base en lo anterior y en las atribuciones que el INAH tiene en materia de Zonas y Monumentos Arqueológicos e Históricos, de conformidad con lo establecido en los artículos 1º, 2º fracciones, 5º fracción II de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia, 1º, 2º, 3º fracción IV, 5º, 6º, 35, 36 fracción I, 42, 43 y 44 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, 42 y 43 del Reglamento de esta última Ley, se emitió la autorización de ambos proyectos viales el día 25 de agosto del año en curso, debiendo la Secretaría de Infraestructura del Gobierno del Estado de Puebla, observar durante la ejecución de los trabajos autorizados, los lineamientos, especificaciones o indicaciones que señalan en el oficio de autorización correspondiente, así como las que se llegaren a comunicar por oficio la Dirección del Centro INAH Puebla, o anotar en la bitácora de obra correspondiente.”


Para la nota completa visita http://www.poblanerias.com/gobierno/43271-qviaducto-zaragoza-no-afecta-monumentos-de-pueblaq-inah.html



SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA
DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA


La Secretaría de Infraestructura del Gobierno del Estado de Puebla, es la encargada de realizar lo concerniente a materia de obra pública y comunicaciones en el Estado de Puebla, es una Secretaría originada con el nuevo gobierno, toda vez, que la anteriormente denominada Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas tenía como principales fines los temas relacionados con el desarrollo urbano del Estado y las obras públicas del mismo; con la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla surge la nueva denominación Secretaría de Infraestructura, con nuevas atribuciones, entre las cuales se encuentran las relacionadas con la obra pública y comunicaciones del Estado.
           
            La Secretaría de Infraestructura, entre otras cosas, formaliza los contratos y convenios por medio de los cuales, se realiza la construcción, remodelación y acondicionamiento de carreteras, autopistas, viaductos, puentes y demás asuntos concernientes a la Infraestructura del Estado.

            Para mayor información, visite la página web   http://www.si.pue.gob.mx/

Antonio Gali Fayad gana juicio a constructora del Centro Expositor de Puebla

Antonio Gali Fayad gana juicio a constructora del Centro Expositor de Puebla



La constructora Unión Presforzadora deberá pagar 800 millones de pesos al gobierno morenovallista luego de perder el juicio en su contra por retrasos y sobrecostos en la edificación del Centro Expositor, de acuerdo con el fallo del Segundo Tribunal Colegiado en materia administrativa de acuerdo al expediente 79/2011. 
El reembolso millonario constituye la primera victoria para Antonio Gali Fayad al frente de la Secretaría de Infraestructura, quien aceleró el cabildeo, luego que la empresa buscara retrasar el juicio enviando el caso a un tribunal administrativo en Xalapa para evitar el pago al gobierno estatal.
El juicio fue iniciado por el exsecretario de Obras Públicas, Javier García Ramírez, quien asignó a la empresa la edificación del Centro Expositor, a pesar de los retrasos y las inconsistencias en la construcción del estacionamiento de Finanzas.
La administración morenovallista recuperará 800 millones de pesos, aunque la demanda fue por 600 millones de pesos, el Segundo Tribunal impuso sanciones e intereses. El dinero lo entregará la Unión Presforzadora o la afianzadora Sofimex.
En entrevista con CAMBIO, Antonio Gali reconoció el triunfo en el juicio y aseguró que una vez que reciban el dinero de parte de la constructora, anunciarán en qué serán invertidos los recursos recuperados.
El procedimiento jurídico fue iniciado por el gobierno marinista, luego de que Unión Presforzadora incumpliera con los plazos y la calidad de material para la megaobra marinista, para recuperar 600 millones de pesos de parte de la empresa y otras cuatro constructoras.
En su última comparecencia ante el Congreso local, García Ramírez estableció que el costo final del Centro Expositor sería de alrededor de mil 700 millones de pesos. Unión Presforzadora —responsable también de la construcción del estacionamiento de Finanzas— retrasó la edificación del Centro Expositor por once meses, por lo que la administración pasada se vio obligada a hacer un recontrato para continuar con la construcción.
“El departamento jurídico emprendió una demanda legal en contra de la empresa UPSA y sus asociadas que abandonaron la obra, generando atraso y daños al estado, por lo que se esperan recuperar 500 millones de pesos”, dijo García Ramírez en su última comparecencia.